CONDICIONES BÁSICAS DE CALIDAD DEL LICENCIAMIENTO INSTITUCIONAL DE LA UPLA

El Licenciamiento Institucional es un procedimiento obligatorio para todas las universidades del país, a través del cual cada casa de estudios debe demostrar ante la SUNEDU que cumple con las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) para poder brindar el servicio educativo.



CONDICIÓN I: Existencia de objetivos académicos, grados y títulos a otorgar, y planes de estudio correspondientes.






CONDICIÓN III: Infraestructura y equipamiento adecuado para el cumplimiento de las funciones.


COMPONENTE III.1 :UBICACIÓN DE LOCALES       
INDICADOR 16: Todos los locales de la universidad cumplen con las normas sobre compatibilidad de uso y zonificación urbana.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Licencia de funcionamiento municipal vigente.
-MV2: Certificado de parámetros urbanísticos.

COMPONENTE III.2: POSESIÓN DE LOCALES.
INDICADOR  17: locales propios, alquilados, bajo cesión en uso o algún otro título, de uso exclusivo para su propósito.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Títulos de propiedad de todos sus locales debidamente registrados en la SUNARP.
-MV2: Contratos de alquiler de todos sus locales debidamente registrados en la SUNARP. Para universidades privadas, el contrato debe tener una duración no menor a cinco (5) años para programas de pregrado y no menor a la duración del programa de posgrado. Para universidades públicas, contratos no menores a un (1) año. En caso el contrato de alquiler del programa de pregrado y posgrado tenga una duración menor a lo señalado, la universidad debe acreditar que cuenta con un proyecto inmobiliario en implementación.
-MV3: Títulos o documentos que expresen el derecho real que ejerce sobre todos sus locales.
-MV4: Contrato, convenio u otro documento pertinente en caso de cesión en uso exclusivo.

COMPONENTE III.3: SEGURIDAD  ESTRUCTURAL Y SEGURIDAD EN CASO DE SINIESTROS.
INDICADOR  18: los locales cumplen con las normas de seguridad estructural en edificaciones y prevención de riesgos en estricto cumplimiento con las normas del centro nacional de estimación, prevención y reducción del riesgo de desastres - cenepred/indeci.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
Certificado vigente de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones que corresponda a:
-MV1: ITSE Básica
-MV2: Ex Post
-MV3: Ex Ante
-MV4: De detalle
COMPONENTE III.4: SEGURIDAD  EN EL USO DE LABORATORIOS Y TALLERES.
INDICADOR  19: la universidad cuenta con un reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo y protocolos de seguridad.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo.
-MV2: Planes de seguridad, incluyendo almacenamiento y gestión de sustancias inflamables y/o peligrosas.
-MV3: Contratos vigentes para disposición de residuos sólidos peligrosos de talleres y laboratorios (de ser el caso).
-MV4: Documento que acredite comités de seguridad bilógica, química y radiológica, según corresponda.

INDICADOR  20: la universidad cuenta con estándares de seguridad para el funcionamiento de los laboratorios, según corresponda.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Protocolo de seguridad indicando estándares de seguridad.

COMPONENTE III.5: DISPONIBILIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS.
INDICADOR  21: disponibilidad de agua potable y desagüe.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Certificado de factibilidad del servicio de agua potable y desagüe.
-MV2: Último recibo de servicio de agua, evidenciando el nivel de consumo y no registrar deuda.                                          
-MV3: Para el caso de locales ubicados en zonas rurales, que no puedan demostrar los medios MV1 o MV2, deben evidenciar la disponibilidad del servicio de agua potable y desagüe con alguna opción técnica alternativa.

INDICADOR  22: disponibilidad de energía eléctrica
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Certificado de factibilidad del servicio de energía eléctrica.
-MV2: Último recibo de servicio de energía eléctrica, evidenciando el nivel de consumo y   no registrar deuda.                                           

-MV3: Para el caso de locales ubicados en zonas rurales, que no puedan demostrar los medios MV1 o MV2, deben evidenciar laDisponibilidad del servicio de energía eléctrica con alguna opción técnica alternativa

INDICADOR  23: disponibilidad líneas telefónicas.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-mv1: contrato del servicio de líneas telefónicas
-mv2: recibo de los últimos tres meses, evidenciando el nivel de consumo y no registrar deuda.

INDICADOR  24: disponibilidad de internet en los ambientes que brinden el servicio educativo de todos sus locales. El servicio de internet debe contar con banda ancha requerida para la educación superior universitaria, conforme a lo establecido por el órgano competente y de acuerdo a la disponibilidad del servicio de telecomunicaciones en la región.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Contrato del servicio de internet, indicando las características del mismo.
-MV2: Último recibo de pago del servicio de internet,  sin registrar deuda.
-MV3: Formato de Licenciamiento C3.

COMPONENTE III.6: DOTACIÓN DE SERVICIOS HIGIÉNICOS.
INDICADOR  25: dotación de servicios higiénicos para los estudiantes en todos sus locales, de acuerdo con el art. 13 de la norma técnica a.040 educación contenido en el reglamento nacional de edificaciones (RNE).  
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
MV1: Formato de Licenciamiento C4, donde indique la dotación de servicios higiénicos por local, de acuerdo a la norma técnica A.040 del Reglamento Nacional de Edificaciones.
COMPONENTE III.6: DOTACIÓN DE SERVICIOS HIGIÉNICOS.           
INDICADOR  26: dotación de servicios higiénicos para personal docente y administrativo en todos sus locales, de acuerdo con el art. 15 de la norma técnica a.080 del reglamento nacional de edificaciones.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
MV1: Formato de Licenciamiento C5, donde indique la dotación de servicios higiénicos por local, de acuerdo a la Norma Técnica  A.080 del RNE.

COMPONENTE III.7: TALLERES Y LABORATORIOS PARA LA ENSEÑANZA.
INDICADOR  27: la universidad cuenta con talleres y laboratorios de  enseñanza propios, de conformidad con el número de estudiantes, actividades académicas y programas de estudio.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
MV1: Formato de Licenciamiento C6, donde se registra información de talleres y laboratorios de enseñanza.

INDICADOR  28: los laboratorios  de enseñanza están equipados de acuerdo a su especialidad.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Formato de Licenciamiento C7, donde se registra información del equipamiento de los  laboratorios de enseñanza.

COMPONENTE III.8: ambientes para docentes.
INDICADOR: 29: la universidad cuenta con ambientes para los docentes, en cada local que ofrece el servicio educativo. 
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
mv1: formato de licenciamiento c8, donde se registrará la información de la ubicación de los ambientes para docentes en el local de la universidad.

COMPONENTE III.9: MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO.
INDICADOR  30: la universidad cuenta con ambientes para los docentes, en cada local que ofrece el servicio educativo.  MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Presupuesto anual de mantenimiento de infraestructura y equipamiento, institucional y/o por cada filial, aprobado por la autoridad competente de la Universidad, indicando la última fecha de actualización.
-MV2: Plan de mantenimiento de infraestructura y equipamiento institucional y/o por cada filial aprobado por la autoridad competente de la Universidad, indicando la última fecha de actualización. 

CONDICIÓN IV: Lineas de investigación:



INDICADOR 31: Existencia de políticas, normas y procedimientos para el fomento y realización de la investigación como actividad esencial y obligatoria de la universidad.
MV1: Estatuto o Plan Estratégico Institucional u otro documento pertinente aprobado por la autoridad competente de la universidad.

ü Estatuto UPLA adecuado a la Ley Universitaria Res. N° 011-2015-AU el 27-01-15, se encuentra en el (Titulo X p.75).
ü Políticas de investigación de la UPLA aprobado con Resolución Nro. 0757-2016-CU.

ü Reglamento General de investigación aprobado con resolución Nro. 537-2001 -CU
INDICADOR 32: Existencia de un Órgano Universitario de Investigación cuyo responsable tenga grado de Doctor.
MV1: Estatuto u otro documento pertinente aprobado por la autoridad competente de la universidad.
ü Estatuto UPLA adecuado a la Ley Universitaria (Organigrama y Art. 35) pag.14
MV2: Relación del personal de órgano de investigación.
ü Resolución Nro. 023-2016-CEU-UPLA del 24-05-16 que designa al Vicerrector de Investigación de la UPLA.
Rector: Dr. José Manuel Castillo Custodio.
Vicerrector Académico: Dr. Rubén Darío Tapia Silguera
Vicerrector de Investigación: Dr. Wilber Gonzalo Vásquez Vásquez.
ü Resolución Nro. 1467 que designa a los Directores del Vicerrectorado de Investigación.
Dirección universitaria de proyectos, desarrollo, investigación y transferencia tecnológica: Dr. Aguedo Bejar Mormontoy
Oficina universitaria de propiedad intelectual y publicaciones: Dr. Gilmer Rosales Rojas.
Oficina universitaria de Financiamiento y cooperación técnica internacional: Dr. Miguel Mercado Rey.
INDICADOR 33: Existencia de líneas de investigación. Asimismo, se debe indicar el presupuesto asignado para la investigación, equipamiento, personal y otros.
MV1: Resolución rectoral que apruebe las líneas de investigación u otro documento pertinente aprobado por la autoridad competente de la universidad.
ü Líneas de investigación de Pre Grado de la UPLA aprobados por Res. Nro. 0204-2017-CU el 30-1-17.
MV2: Presupuesto asignado para la investigación, equipamiento, personal y otros.
ü Proyecto del II Concurso de trabajos de investigación científica - tecnológica e innovación de docentes, estudiantes y graduados. Periodo 2017.

INDICADOR 34: Código de Ética para la investigación.
MV1: Código de ética para el investigador; y
ü Si se cuenta con el Código de ética para la investigación científica UPLA.

MV2: Resolución de aprobación del Código de ética para la investigación.
ü Res. N° 0672-2016-CU-R el 23-05-16. Aprobación del Código de ética para la investigación en la UPLA.

INDICADOR 35: Políticas de protección de la propiedad intelectual.
MV1: Resolución u otro documento pertinente, donde se indique las políticas de protección de la propiedad intelectual, aprobado por la autoridad competente de la universidad, indicando su última fecha de actualización.
ü Res. Nro. 0092-2014-CU el 22-01-14. Aprobación del Reglamento de Propiedad Intelectual de la UPLA.
ü Resolución Nro. 0267-2017-CU que conforma la Comisión de Propiedad intelectual de la UPLA.

INDICADOR 36: La universidad tiene un registro de docentes que realizan investigación. Asimismo, los docentes deben estar registrados en el DINA.
MV1: Padrón de docentes actualizados al periodo vigente, según Formato de licenciamiento C-9.

ü Si se cuenta con un padrón de docentes de las modalidades de presencial y semipresencial.

INDICADOR  37: La universidad tiene un registro de documentos de investigación y/o repositorio institucional. Los documentos de investigación incluyen tesis, informes de investigación, publicaciones científicas, entre otros.
MV1: Repositorio Institucional: y
ü Informe de implementación del Repositorio Institucional UPLA.
MV2: Repositorio  nacional digital de ciencia, tecnología e innovación, denominado ALICIA (Acceso libre a la información científica)
ü Informe de aceptación de adhesión al repositorio nacional Digital de Ciencia tecnología e Innovación de Acceso Abierto. ALICIA 12.1.17
INDICADOR  38: La Universidad tiene un registro de proyecto (s) de investigación en proceso de ejecución.
MV1: Registro de proyectos precisando el nombre del proyecto, sus objetivos generales y específicos, investigador principal, recursos humanos, cronograma, presupuesto y entidad que financia.
ü Registro de proyectos de investigación en
proceso de ejecución.
ü Resolución Nro. 0647-2016-CU-R que aprueba el formato del registro de proyectos de investigación

CONDICIÓN VI: Servicios Educacionales Complementarios Básicos. 


CONDICIÓN VII: Mecanismos de Mediación e Inserción Laboral




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