CONDICIONES BÁSICAS DE CALIDAD DEL LICENCIAMIENTO INSTITUCIONAL DE LA UPLA
El Licenciamiento Institucional es un procedimiento obligatorio para todas las universidades del país, a través del cual cada casa de estudios debe demostrar ante la SUNEDU que cumple con las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) para poder brindar el servicio educativo.
CONDICIÓN III: Infraestructura y equipamiento adecuado para el cumplimiento de las funciones.
COMPONENTE III.1 :UBICACIÓN DE LOCALES
INDICADOR 16: Todos los locales de la
universidad cumplen con las normas sobre compatibilidad de uso y zonificación
urbana.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Licencia de funcionamiento
municipal vigente.
-MV2:
Certificado de parámetros urbanísticos.
COMPONENTE III.2: POSESIÓN DE LOCALES.
INDICADOR 17: locales propios, alquilados, bajo
cesión en uso o algún otro título, de uso exclusivo para su propósito.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Títulos de propiedad de todos
sus locales debidamente registrados en la SUNARP.
-MV2: Contratos de alquiler de todos sus
locales debidamente registrados en la SUNARP. Para universidades privadas, el
contrato debe tener una duración no menor a cinco (5) años para programas de
pregrado y no menor a la duración del programa de posgrado. Para universidades
públicas, contratos no menores a un (1) año. En caso el contrato de alquiler
del programa de pregrado y posgrado tenga una duración menor a lo señalado, la
universidad debe acreditar que cuenta con un proyecto inmobiliario en
implementación.
-MV3: Títulos o documentos que expresen
el derecho real que ejerce sobre todos sus locales.
-MV4:
Contrato, convenio u otro documento pertinente en caso de cesión en uso
exclusivo.
COMPONENTE III.3: SEGURIDAD ESTRUCTURAL Y SEGURIDAD EN CASO DE
SINIESTROS.
INDICADOR 18: los locales cumplen con las normas
de seguridad estructural en edificaciones y prevención de riesgos en estricto
cumplimiento con las normas del centro nacional de estimación, prevención y
reducción del riesgo de desastres - cenepred/indeci.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
Certificado
vigente de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones que corresponda a:
-MV1: ITSE Básica
-MV2: Ex Post
-MV3: Ex Ante
-MV4: De detalle
COMPONENTE III.4: SEGURIDAD EN EL USO DE LABORATORIOS Y TALLERES.
INDICADOR 19: la universidad cuenta con un
reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo y protocolos de
seguridad.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Reglamento interno de seguridad
y salud en el trabajo.
-MV2: Planes de seguridad, incluyendo
almacenamiento y gestión de sustancias inflamables y/o peligrosas.
-MV3: Contratos vigentes para
disposición de residuos sólidos peligrosos de talleres y laboratorios (de ser
el caso).
-MV4:
Documento que acredite comités de seguridad bilógica, química y radiológica,
según corresponda.
INDICADOR 20: la universidad cuenta con estándares
de seguridad para el funcionamiento de los laboratorios, según corresponda.
MEDIO DE
VERIFICACIÓN (MV)
-MV1:
Protocolo de seguridad indicando estándares de seguridad.
COMPONENTE III.5: DISPONIBILIDAD DE
SERVICIOS PÚBLICOS.
INDICADOR 21: disponibilidad de agua potable y
desagüe.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Certificado de factibilidad del
servicio de agua potable y desagüe.
-MV2: Último recibo de servicio de
agua, evidenciando el nivel de consumo y no registrar deuda.
-MV3:
Para el caso de locales ubicados en zonas rurales, que no puedan demostrar los
medios MV1 o MV2, deben evidenciar la disponibilidad del servicio de agua
potable y desagüe con alguna opción técnica alternativa.
INDICADOR 22: disponibilidad de energía eléctrica
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Certificado de factibilidad del
servicio de energía eléctrica.
-MV2: Último recibo de servicio de
energía eléctrica, evidenciando el nivel de consumo y no registrar deuda.
-MV3:
Para el caso de locales ubicados en zonas rurales, que no puedan demostrar los
medios MV1 o MV2, deben evidenciar laDisponibilidad
del servicio de energía eléctrica con alguna opción técnica alternativa
INDICADOR 23: disponibilidad líneas telefónicas.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-mv1: contrato
del servicio de líneas telefónicas
-mv2:
recibo de los últimos tres meses, evidenciando el nivel de consumo y no
registrar deuda.
INDICADOR 24: disponibilidad de internet en los
ambientes que brinden el servicio educativo de todos sus locales. El servicio
de internet debe contar con banda ancha requerida para la educación superior
universitaria, conforme a lo establecido por el órgano competente y de acuerdo
a la disponibilidad del servicio de telecomunicaciones en la región.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1:
Contrato del servicio de internet, indicando las características del mismo.
-MV2:
Último recibo de pago del servicio de internet,
sin registrar deuda.
-MV3: Formato de Licenciamiento C3.
COMPONENTE
III.6:
DOTACIÓN DE SERVICIOS HIGIÉNICOS.
INDICADOR 25: dotación de servicios higiénicos
para los estudiantes en todos sus locales, de acuerdo con el art. 13 de la
norma técnica a.040 educación contenido en el reglamento nacional de
edificaciones (RNE).
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
MV1: Formato de Licenciamiento C4,
donde indique la dotación de servicios higiénicos por local, de acuerdo a la
norma técnica A.040 del Reglamento Nacional de Edificaciones.
COMPONENTE III.6: DOTACIÓN DE SERVICIOS
HIGIÉNICOS.
INDICADOR 26: dotación de servicios higiénicos
para personal docente y administrativo en todos sus locales, de acuerdo con el
art. 15 de la norma técnica a.080 del reglamento nacional de edificaciones.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
MV1:
Formato de Licenciamiento C5, donde indique la dotación de
servicios higiénicos por local, de acuerdo a la Norma Técnica A.080 del RNE.
COMPONENTE III.7: TALLERES Y LABORATORIOS
PARA LA ENSEÑANZA.
INDICADOR 27: la universidad cuenta con talleres y
laboratorios de enseñanza propios, de conformidad
con el número de estudiantes, actividades académicas y programas de estudio.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
MV1:
Formato de Licenciamiento C6, donde se registra información de talleres y
laboratorios de enseñanza.
INDICADOR 28: los laboratorios de enseñanza están equipados de acuerdo a su
especialidad.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1:
Formato de Licenciamiento C7, donde se registra información del equipamiento de
los laboratorios de enseñanza.
COMPONENTE III.8: ambientes para docentes.
INDICADOR: 29: la universidad cuenta con
ambientes para los docentes, en cada local que ofrece el servicio
educativo.
MEDIO DE VERIFICACIÓN (MV)
mv1:
formato de licenciamiento c8, donde se registrará la información de la
ubicación de los ambientes para docentes en el local de la universidad.
COMPONENTE III.9: MANTENIMIENTO DE LA
INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO.
INDICADOR 30: la universidad cuenta con ambientes
para los docentes, en cada local que ofrece el servicio educativo. MEDIO
DE VERIFICACIÓN (MV)
-MV1: Presupuesto
anual de mantenimiento de infraestructura y equipamiento, institucional y/o por
cada filial, aprobado por la autoridad competente de la Universidad, indicando
la última fecha de actualización.
-MV2: Plan de
mantenimiento de infraestructura y equipamiento institucional y/o por cada
filial aprobado por la autoridad competente de la Universidad, indicando la
última fecha de actualización.
CONDICIÓN IV: Lineas de investigación:
CONDICIÓN IV: Lineas de investigación:
INDICADOR
31: Existencia de políticas, normas y procedimientos para el fomento y
realización de la investigación como actividad esencial y obligatoria de la
universidad.
MV1: Estatuto o Plan Estratégico Institucional u otro documento pertinente
aprobado por la autoridad competente de la universidad.
ü Estatuto UPLA adecuado a la Ley Universitaria Res. N° 011-2015-AU el
27-01-15, se encuentra en el (Titulo X p.75).
ü Políticas de investigación de la UPLA aprobado con Resolución Nro.
0757-2016-CU.
ü Reglamento General de investigación aprobado con resolución Nro.
537-2001 -CU
INDICADOR
32: Existencia de un Órgano Universitario de Investigación cuyo responsable
tenga grado de Doctor.
MV1: Estatuto u otro documento pertinente aprobado
por la autoridad competente de la universidad.
ü
Estatuto UPLA adecuado a la Ley
Universitaria (Organigrama y Art. 35) pag.14
MV2: Relación del personal
de órgano de investigación.
ü Resolución Nro. 023-2016-CEU-UPLA
del 24-05-16 que designa al Vicerrector de Investigación de la UPLA.
Rector: Dr. José Manuel Castillo
Custodio.
Vicerrector Académico: Dr. Rubén Darío Tapia Silguera
Vicerrector de Investigación: Dr. Wilber Gonzalo Vásquez
Vásquez.
ü Resolución Nro. 1467 que designa
a los Directores del Vicerrectorado de Investigación.
Dirección universitaria de
proyectos, desarrollo, investigación y transferencia tecnológica: Dr. Aguedo Bejar Mormontoy
Oficina universitaria de
propiedad intelectual y publicaciones: Dr. Gilmer Rosales Rojas.
Oficina universitaria de Financiamiento y
cooperación técnica internacional: Dr. Miguel Mercado Rey.
INDICADOR 33: Existencia de líneas de
investigación. Asimismo, se debe indicar el presupuesto asignado para la
investigación, equipamiento, personal y otros.
MV1: Resolución rectoral que apruebe las líneas de investigación u otro
documento pertinente aprobado por la autoridad competente de la universidad.
ü Líneas de investigación de Pre
Grado de la UPLA aprobados por Res. Nro. 0204-2017-CU el 30-1-17.
MV2: Presupuesto asignado para la investigación, equipamiento, personal y
otros.
ü Proyecto del II Concurso de trabajos de investigación científica -
tecnológica e innovación de docentes, estudiantes y graduados. Periodo 2017.
INDICADOR 34: Código de Ética para la investigación.
MV1: Código de ética para el investigador; y
ü Si se cuenta con el Código de ética para la
investigación científica UPLA.
MV2: Resolución de aprobación del Código de ética para
la investigación.
ü Res. N° 0672-2016-CU-R el
23-05-16. Aprobación del Código de ética para la investigación en la UPLA.
INDICADOR 35: Políticas de protección de la propiedad intelectual.
MV1:
Resolución u otro documento pertinente, donde se indique las políticas de
protección de la propiedad intelectual, aprobado por la autoridad competente de
la universidad, indicando su última fecha de actualización.
ü Res. Nro. 0092-2014-CU el
22-01-14. Aprobación del Reglamento de Propiedad Intelectual de la UPLA.
ü Resolución Nro.
0267-2017-CU que conforma la Comisión de Propiedad intelectual de la UPLA.
INDICADOR 36: La
universidad tiene un registro de docentes que realizan investigación. Asimismo,
los docentes deben estar registrados en el DINA.
MV1: Padrón de docentes
actualizados al periodo vigente, según Formato de licenciamiento C-9.
ü Si se cuenta con un padrón
de docentes de las modalidades de presencial y semipresencial.
INDICADOR 37: La universidad tiene un
registro de documentos de investigación y/o repositorio institucional. Los
documentos de investigación incluyen tesis, informes de investigación,
publicaciones científicas, entre otros.
MV1: Repositorio Institucional:
y
ü Informe de implementación
del Repositorio Institucional UPLA.
MV2: Repositorio nacional digital de ciencia, tecnología e
innovación, denominado ALICIA (Acceso libre a la información científica)
ü Informe de aceptación de
adhesión al repositorio nacional Digital de Ciencia tecnología e Innovación de
Acceso Abierto. ALICIA 12.1.17
INDICADOR 38: La Universidad tiene un registro de
proyecto (s) de investigación en proceso de ejecución.
MV1: Registro de proyectos
precisando el nombre del proyecto, sus objetivos generales y específicos,
investigador principal, recursos humanos, cronograma, presupuesto y entidad que
financia.
ü Registro de proyectos de
investigación en
proceso de ejecución.
ü Resolución Nro.
0647-2016-CU-R que aprueba el formato del registro de proyectos de
investigación
CONDICIÓN VI: Servicios Educacionales Complementarios Básicos.
CONDICIÓN VII: Mecanismos de Mediación e Inserción Laboral









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